Entrevista Nengumbi con Paul Byrne

Buenos Aires, Argentina Diciembre 2009

lunes, 15 de junio de 2009

Debate sobre el Racismo al Tribunal Superior de Justicia de Buenso Aires

El día 10 de junio del corriente, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires integrado por los jueces Dr. Luis F. Lozano, Dra. Ana María Conde, Dr. Julio B. J. Maier, Dr. José Osvaldo Casás y Dra. Alicia E. C. Ruiz en una audiencia pública escuchó el recurso de Queja interpuesto ante esta Institución por los abogadas/os defensores de los amparistas vendedores ambulantes, todos de nacionalidad senegalesa.

En el ejercicio de su trabajo como vendedores ambulantes, los señores amparistas fueron y siguen siendo víctimas de acosos y prácticas racistas por parte integrantes de la PFA y del Ministerio Público Fiscal desde hace tiempo. En el mes de enero, tras el incidente mediante el cual uno de los amparistas se vio privado de sus mercaderías, pasaporte y libertad, se iniciaron una serie de acciones judiciales cuyas resoluciones por parte del Tribunal de primera instancia y la Cámara de apelación no fueron a favor de los amparistas. Las acciones se iniciaron con siguiente orden: primero el habeas corpus, luego el recurso de apelación, luego el recurso de inconstitucionalidad, y luego el recurso de queja.

Después de la resolución negativa respecto al Recurso de Apelación, y considerando la continuidad de los acosos policiales y prácticas racistas respecto no solo a los tres amparistas sino a todos los africanos con mismo oficio; la violación de sus derechos humanos y la necesidad de brindarles la protección que deberían gozar como seres humanos iguales que cualquier otro vendedor ambulante, se había tomado la resolución de interponer el Recurso de Inconstitucionalidad del accionar del Policía y del Ministerio Público Fiscal ante el Tribunal Superior de Justicia de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires. Lamentablemente, la misma Cámara de apelación que había convalidado la resolución del Tribunal de Primera Instancia consideró inadmisible dicho recurso. Frente a esta situación los patrocinadores de de los amparistas tuvieron que recurrir a otra herramienta, “El Recurso de Queja”.

Luego de interponer este Recurso, los abogados solicitaron una audiencia para que los amparistas pudieran expresar sus inquietudes a los Jueces, esta vez debiendo ser asistidos por un intérprete en Wolof. Dicha solicitud de audiencia fue exitosa y esto tuvo lugar 10 de junio del corriente.

La audiencia se desarrolló con absoluta normalidad y serenidad. Los atores fueron asistidos por un interprete en Wolof y representados por la Dr. Malena Derdoy y el Dr. Pedro Biscay (integrantes de CoPaDi), quienes en sus intervenciones demostraron el accionar racista, xenófoba y arbitraria de la Policía Federal y el Ministerio Público Fiscal. Los actores expusieron las distintas actuaciones que también deben, sin lugar a duda calificarse como acosos policiales, prácticas racistas y xenófobas.

Por su lado, el Representante del Ministerio Público Fiscal en su defensa, rechazó toda acusación racista hacía esta Institución, pero sí recalcó que el Ministerio que él representaba no tenía control sobre la Policía. También aclaró que, en relación a lo expresado por los amparistas, la policía comete delitos y que estos delitos deben ser denunciados. Es en este contexto el Dr. Maier en su intervención comentó que si veía un delito, era trabajo del fiscal denunciarlo, y no el suyo.

A continuación, sobresalió una contradicción muy fuerte en la defensa del Ministerio Público Fiscal cuando dijo que respecto a los procedimientos, la Policía actuaba con absoluta independencia, y que el Ministerio se enteraba de la situación después de que la Policía haya terminado el procedimiento; cuando en la audiencia de enero al Tribunal de Primera Instancia, la Representante de la misma Institución había confirmado lo contrario. Es decir que antes de seguir con el procedimiento, la Policía solicitaba la autorización del Ministerio Público Fiscal. ¿Quien de los dos tendrá razón?

La audiencia se cerró con la lectura y la firma del acta por parte los amparistas, la Defensa y el Ministerio Público Fiscal.

En conclusión, independientemente de la resolución que tome el Tribunal Superior de Justicia, es importante resaltar el paso que se ha logrado, es decir instalar el debate sobre el racismo al nivel más alto del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pero, lo crucial e imperativo sigue siendo que el Tribunal considere inconstitucional los artículos del Código Contravenciónal y de Falta que habilitan y validan tal accionar por parte de la Policía y del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por Nengumbi Celestin Sukama
Presidente
IARPIDI
iarpidi@gmail.com

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