Entrevista Nengumbi con Paul Byrne

Buenos Aires, Argentina Diciembre 2009

martes, 18 de abril de 2017

Presentación de IARPIDI ante la Comisión de Derechos Humanos del Honorable Cámara de Diputados de la Nación

Por: Nengumbi C. Sukama

El impacto negativo del DNU 70/17 para las comunidades migrantes

Nos encontramos hoy en esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación para asumir nuestra responsabilidad como defensores/as de derechos humanos solicitando la nulidad del DNU 70/17 que aporta reformas que afectan negativamente los derechos de la personas migrantes en Argentina. Derechos que han sido garantizados por la Ley de Migraciones 25.871 y la Ley de ciudadanía 436.

Estas reformas no solo vulneran derechos de las personas migrantes respecto de las garantías mínimas del debido proceso, del derechos a la protección judicial efectiva y el acceso a la justicia, del derecho a la unidad familiar, del acceso a la nacionalidad argentina, del principio de la no discriminación consagrados en la Carta Magna, etc., sino que, también de forma injusta e injustificada, vinculan la migración con la criminalidad.  Decimos injusta e injustificada, puesto que se criminalizan a 1.995.551, por una mala conducta de apenas 4449 personas.

A través de vinculación, este DNU viene a reactivar el racismo institucional y estructural hacia las migraciones actuales, sobre todo, la inmigración latinoamericana, africana y asiática. Para ello, sobre la base de un abordaje filosófico e ideológico consideramos que al vincular la migración con el delito y la criminalidad, este DNU le da un marco legal al racismo institucional y estructural hacía estas migraciones. Esta reactivación encuentra su raíz histórica en el Art. 25 de la Constitución Nacional, donde se estipula: “El Gobierno federal fomentará la inmigración europea…”. Por lo que estaríamos hablando de un racismo avalado por Constitución Nacional.

Este posicionamiento filosófico e ideológico basado en la filosofía del racismo, en otros términos sobre la supremacía racial o supremacía blanca, demuestra claramente el propósito de los próceres de la Generación del 80 en querer construir una Argentina moderna, biológicamente blanca y culturalmente europea. Una Argentina excluyente de los pueblos originarios, los afrodescendientes, africanos y de la inmigración latinoamericana. Es este racismo, como lo expresa (Mármora 2016), promovido por la dicotomía “civilización o barbarie” que llevó a los genocidios hacía los pueblos originarios, a la falsa desaparición y la invisibilzación de los afrodescendientes, luego a la aparición de los cabecitas negras (desplazados internos argentinos) y por último, el fuerte y permanente rechazo respecto de la inmigración latinoamericana.

A parte de fomentar el racismo institucional, estructural y legal, este DNU fomenta también la invisibilizción de los aportes de las personas migrantes en esta sociedad. Es por ello que consideramos importantes visibilizar esos aportes que son de índole económica, cultural, educativa, social y política. Como lo expresamos anteriormente, resulta injusto, injustificado y poco racional, criminalizar a personas que aportan al presupuesto nacional entre 998 a 1497 millones de dólares anuales por una conducta inapropiada de migrantes que apenas aportan entre 2 a 3 millones.

Esta criminalización ha generado efectos negativos a través de tratos discriminatorios, xenófobos y racistas en hospitales, escuelas, distintas dependencias del Estado y en las calles hacía las inmigraciones no deseadas. La mejor demostración de ese racismo es a través de la violencia policial hacia estos grupos poblacionales, sobre todo, hacía los africanos. Estos tratos son claras manifestaciones contemporáneas del racismo, discriminación racial, xenofobia y todas las formas conexas de intolerancia.    

Cabe aclarar que estos efectos negativos  vienen a agravar la preocupación que ya el Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial había manifestado en sus observaciones sobre la situación de la discriminación racial estructural en la Argentina, el 9 de diciembre de 2016. Con hechos de esta naturaleza, Argentina está haciendo totalmente lo opuesto respecto de las recomendaciones de las Naciones Unidas en el marco del Programa de Actividades del Decenio Internacional para los Afrodescendientes. En vez de combatir el racismo, al contrario lo está promoviendo.

Profundizando nuestro entendimiento sobre el racismo en Argentina, es importante considerar lo dicho por Mármora en Impacto de las migraciones actuales en la estructura económica y sociocultural de la Argentina, “la dicotomía civilización o barbarie, a la cual adhirieron los prohombres de la organización nacional, apostaban a una argentina moderna construida con gente y cultura europea y paralelamente a la desaparición de los pueblos originarios, sinónimo de inferioridad racial, de cultura de vagancia, y de imposibilidad de integración cultural”. Este pensamiento basado en la inferioridad racial se extendía a los afrodescendientes, la inmigración latinoamericana y asiática.

Frente a esta realidad, como defensoras y defensores de derechos humanos, es nuestra responsabilidad hacer lo que esté a nuestro alcance para combatir estas injusticias basadas en el racismo. Para ello, el Decenio Internacional para los Afrodescendientes (2015 -2024) decretado por las Naciones Unidas nos ofrece un cuadro ideal para combatir eficaz y eficientemente el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y todas formas conexas de intolerancia. El Decenio fomenta la promoción, defensa y protección de derechos humanos de personas afrodescendientes y tiene como Lema, Afrodescendientes: reconocimiento, justicia y desarrollo. En la Resolución de la Proclamación del Decenio, Naciones Unidas reitera que la supremacía racial siempre fue una falsedad científica y  expresa que: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y tienen la capacidad de contribuir de manera constructiva al desarrollo y bienestar de la sociedad, y que todas las doctrinas de superioridad racial son científicamente falsas, moralmente condenables, socialmente injustas y peligrosas y deben rechazarse, al igual que las teorías con que se pretende determinar la existencia de distintas razas humanas”,

Es por ello que los/as defensores y defensoras de derechos humanos deben trabajar en lineamiento y sintonía con el Programa de Actividades del Decenio Internacional para los Afrodescendientes para fomentando la construcción de un país igualitario, libre del racismo, la discriminación racial y la xenofobia. Una señal clara para que podamos empezar avanzar hacia esta dirección correcta es la nulidad del DUN 70/17.

El 20 de marzo pasado en Washington, en una audiencia de oficio convocada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Argentina tuvo la oportunidad de demostrar ante este organismo en qué consistía la necesidad y la urgencia que llevó a que se reformaran las leyes mencionadas arriba a través de este DNU. Lamentablemente, la delegación argentina no pudo demostrar nada, ni la necesidad, ni la urgencia. Por lo tanto, no habiendo, ni necesidad, ni urgencia para reformar estas dos leyes, corresponde


Es desde luego la responsabilidad de la Comisión de Derechos Humanos del Honorable Congreso de la Nación trabajar incansablemente para que se logre dicha meta, es decir la nulidad de este DNU que represente un gran y grave retroceso en materias de política migratoria y de derechos humanos.

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